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miércoles, julio 09, 2008

Yo Soy La Diosa Que Se Come La Basura

La semana pasada tuve que soportar descalificaciones por parte de la madrina de una cliente descontenta. Esta semana se ha cuestionado mi profesionalidad por pedir provisión de fondos para empezar a ver un caso de despido. La gente, en general, tiene a los abogados por poco menos que amigos del diablo, por picapleitos, folloneros, marrulleros, etc.

Pero se equivocan todos.

Yo Soy La Diosa Que Se Come La Basura.

Yo soy la que se sienta delante de ti, escucha tus problemas, a veces grandes, a veces pequeños, pero siempre problemas, e intenta arreglarlos.

Yo soy la que deshace entuertos mal hechos, la que resuelve las peleas de bar, la que te libra de las multas, de los despidos mal hechos, de las infracciones de prevención de riesgos laborales...

Yo soy la que aguanta tus desgracias y las calma con gotitas de escucha.

Yo soy como el sacerdote que escucha tus pecados y los perdona.

Yo soy como el psicólogo que atiende tus dudas, escucha tus problemas y ofrece comprensión y solución.

Así que ten un poco de respeto por mi trabajo, porque yo soy Yo Soy La Diosa Que Se Come La Basura.

martes, mayo 13, 2008

Fallos judiciales y colapso de la Justicia española

Hoy he leído esta carta dirigida a diario gratuito 20 Minutos (edición digital). La firma D. Manel Mas:

"Mis educadores siempre me han inculcado el respeto a la justicia y sus fallos, pero en la medida que se divulgan sentencias se entiende por qué se denominan fallos.
¿Acaso no es un fallo que al violador de su propia hija se le condene a 3 años y se le retire la patria potestad para recuperarla cuando termine la condena? ¿No es un fallo que delincuentes de guante blanco, ayudados por prestigiosos bufetes de abogados, prorroguen juicios hasta que prescriba el delito? ¿No es un fallo que un presunto delincuente acumule cantidad de causas y no tenga sentencias? ¿No es un fallo que el fiscal haga un paquete con 70 causas y, de acuerdo con los abogados (caso Julián Muñoz), se quede en una mínima condena?
Podría continuar con otros ejemplos, pero creo que queda claro que al ciudadano medio cada día le cuesta más creer en la justicia debido a sus fallos.
Urge una reforma de las leyes penales, pero sería importante que los legisladores tuvieran claro que todo estafador, ladrón, malversador, etc., debería ser condenado a devolver hasta el último céntimo al perjudicado o a la sociedad o seguir encarcelado el tiempo preciso hasta el total del pago. Ésta sería una sentencia justa"

Y esta es mi respuesta:

Como usuaria diaria de la Justicia, vengo a romper una lanza por las cosas que se hacen bien.

Es triste que sólo se vean en televisión los "fallos erróneos" y no los aciertos.

Es verdad que hay momentos en los que mandaría mi carrera de abogada a la porra por lo mal que funcionan los juzgados, pero no nos engañemos, es el mismo problema de siempre: falta dinero para poner en marcha un juzgado con unos criterios "competitivos", propios de una mentalidad de empresa privada y no de funcionariado público. Podemos resumirlo en varios puntos:

1º.- Si, por un lado, hubiese una media de 7/8 funcionarios por juzgado, las cosas se agilizarían mucho (la triste realidad es que a veces te encuentras con 4/5 funcionarios para juzgados de grandes poblaciones). Además, esos funcionarios tendrían que estar bien formados (y no echar mano de bolsas de trabajo de gente que no entiende el entramado procesal).

2º.- Si a esos funcionarios se les exigiesen unos criterios de trabajo acordes con la mentalidad de una empresa privada, los procedimientos no tardarían tanto y no habría tantas sentencias pendientes de ejecución.

3º.- Además, si la gente acudiese más a la Mediación y el Arbitraje (sobre todo de consumo) y dejase de pelearse por auténticas gilipolleces (como que la ropa de mi vecina chorrea sobre mi ropa y me la estropea, caso verídico que tuve la vergüenza de llevar -mi cliente era la de la ropa que chorreaba) no habría tal atasco en los juzgados, puesto que habría menos volumen de trabajo y se podrían dedicar a las cosas importantes.

4º.- Por último, hay que dotar de más juzgados (y de juzgados especializados) a las poblaciones que han ido creciendo en los últimos años, no podemos seguir con plantillas de juzgados, jueces, secretarios judiciales y funcionarios de la época de principios de los '90. Eso quizá funcione en las ciudades castellanas (con todo el respeto del mundo hacia ellas), pero no en las ciudades costeras, donde la población ha crecido en los últimos 15 años de manera evidente.

Yo, que día a día participo del ejercicio de la Justicia desde mi despacho de abogada, aún confío en ella.

jueves, mayo 01, 2008

Lo que vale una puta

En este mundo en el que trabajo, no se está muy acostumbrado a firmar contratos por la prestación de servicios, aunque deberíamos hacerlo siempre. En ese contrato se debería especificar el trabajo específico a realizar y su precio, fijado siempre respecto las normas de honorarios del respectivo colegio de abogados. A veces, ese precio puede ser fijado libremente entre el abogado y su cliente, aunque la mayoría nos solemos ceñir a los precios fijados en las normas de honorarios.

Cuando llega un nuevo cliente y expone su caso, tras lo cual yo suelo exponerle el trabajo a realizar y, posteriormente, su precio. Muchos no vuelven y otros muchos (cada vez más) se quedan.

Últimamente recibo muchas llamadas de nuevos potenciales clientes que desean una cita. Cuando se pide una cita por un tema de extranjería siempre digo que la información que se les va a dar tiene un precio de 50 euros. Muchos me dicen que vendrán, reservo esa hora para ellos (normalmente pongo siempre un cliente por hora, porque las consultas se suelen alargar) y al final no aparecen.

Actualmente tengo un cliente que me debe una cuenta por haberle llevado un despido de un trabajador en vía judicial (es empresario) y que hace ya un año y medio que no me la paga. Se la ha reclamado por correo, a través de la asesoría y, viendo que era imposible, le juré la cuenta a través del juzgado. Estoy esperando que se tramite en el juzgado, para ver si me lo paga o no.

Y quienes siempre pagan lo que se les pide son las putas. Tengo varios clientes que se dedican a la prostitución y que puntualmente me llaman por pequeños juicios de faltas por lesiones con "compañeras" o por asuntos de extranjería y siempre, SIEMPRE, pagan. Una puta es de las personas que son más plenamente conscientes de lo que cuesta ganar el dinero, de lo que valen las cosas, los servicios del abogado y siempre pagan lo que se les dice.

Por eso debo decir, bien alto, que MIS MEJORES CLIENTES SON PUTAS.

lunes, abril 07, 2008

La huelga de funcionarios

In extremis, lo califican los periodistas, pero se ha firmado un acuerdo por los dos sindicatos mayoritarios y el Ministro de Justicia en funciones, que será refrendado por los funcionarios hoy. Esta mañana he estado en el juzgado y me han dejado ver los expedientes de los juicios que tengo mañana, buena señal, porque demuestra que, quizá el acuerdo se refrende por todos y podamos volver a funcionar.

Eso sí, lo de que en tres meses se pongan al día haciendo horas extras no me lo creo ni borracha de Vichy Catalán, que me sé cómo funcionan unos cuantos juzgados de este país...

miércoles, febrero 20, 2008

Suspensión cautelar de un juez por entorpecer una adopción

Como muchos de vosotros sabéis, hace unos meses salió a la luz la demora en la tramitación de un expediente de adopción en Murcia, en el que la esposa de una mujer quería adoptar a la hija de su cónyuge. Esta adopción, por parte de uno de los cónyuges sobre los hijos del otro cónyuge está permitida por la mayoría de las legislaciones eurorpeas y americanas. La nota "discordante" aquí era que el matrimonio estaba formado por dos mujeres, es decir, por dos personas del mismo sexo, era un matrimonio de lesbianas.

El caso es que este tipo de adopción requiere un expediente judicial. Y he aquí el problema: el juez que debía decidir sobre esa adopción tiene una moralidad muy marcada por sus creencias religiosas, lo que hace que se entremezclen las mismas (pertenece a una facción de la Iglesia Católica de moral muy rígida, no creo que haga falta dar más nombres) con su trabajo y no tiene en cuenta de que en el juzgado al que está adscrito (Familia) llega gente de todo tipo y condición y el imponer su moralidad por encima de su trabajo es algo que está fuera de lugar.

Este señor ha puesto numerosos impedimentos a numerosos procedimientos judiciales, en particular he visto convenios reguladores de separaciones y divorcios de mutuo acuerdo que, legalmente, eran correctos pero que eran rechazados por el juez. Y todo porque no eran lo que él consideraba correcto moralmente. Y claro, muchas veces, los letrados nos hemos visto atados de pies y manos, porque el contestarle o el corregirle suponía que te arriesgabas a que no te diera ni el horario de visitas estipulado por las partes, de mutuo acuerdo.

Todos los desmanes que ha ido haciendo a lo largo de su carrera como juez de familia en Murcia se han podido corregir, gracias a la ley (que no a Dios), mediante los recursos de apelaciones al Tribunal Superior de Justicia que, invariablemente, le corregía una tras otra sentencia.

Tras la denuncia de la adoptante mediante una querella contra este juez por lo que se consideraba una dilación maliciosa (un retraso a conciencia en la tramitación del expediente), el caso salió a la luz y el juez entró en una incapacidad temporal, provocada por una baja por enfermedad (se sospecha que por depresión, aunque no está claro). Ahora mismo, tras haber sido admitida la querella a trámite, el Consejo General del Poder Judicial (órgano supremo de gobierno de los jueces) lo ha suspendido cautelarmente de sus funciones.

No me cabe duda de que esta suspensión cautelar (que no definitiva, aún está por determinar cómo acaba la querella interpuesta y que ha dado lugar a esta suspensión temporal) no va a servir para que cambien de opinión y seguirá intentando imponer sus valores morales a aquéllos que pasen por su juzgado. No quiero decir con ésto que deba cambiar dichos valores, sino que no debe plasmarlos en las resoluciones judiciales que firma, ante todo es un juez y debe ceñirse a la ley.

Quizá, lo mejor sería apartarlo, si no del ejercicio de la Justicia, sí de la materia tan delicada que trata (Familia) y ponerlo en un juzgado mercantil (por ejemplo), donde sólo trataría con empresas.

Es sólo mi opinión. ¿Qué pensáis vosotros?

miércoles, febrero 13, 2008

Diferencias judiciales (II)

Continuando con el tema del otro día, veamos ahora la vista del juicio oral penal:
  • Sistema continental: Primero se interroga al acusado, luego a la víctima-testigo, a los testigos, a los peritos (desde policía hasta médicos forenses), se practica la prueba documental (si hay), la videográfica, etc. Los testigos deben esperar fuera de la sala hasta que se les llame y juran o prometen decir verdad, pero no por la biblia. Todas las pruebas a realizar habrán sido propuestas previamente, bien durante la investigación del caso, mediante un escrito dirigido al juez para que tenga a bien aprobar la realización de tal o cual prueba, o bien mediante el escrito de acusación o defensa. El juez aprueba dichas pruebas y si son de práctica anticipada, se hacen antes del juicio (por ejemplo, solicitar listado de llamadas telefónicas a la empresa que suministra el servicio o hacer una segunda autopsia). Prueba que no se haya propuesto debidamente, difícilmente tendrá cabida a última hora, salvo que sean pruebas no conocidas de antemano. Por supuestísimo, las declaraciones testificales de la fase de instrucción (que las hay) se deberán reproducir en el juicio oral, salvo causa mayor (muerte del testigo o similar).
  • Sistema anglosajón: no tengo muy claro si declaran antes los testigos, las pruebas se practican primero o qué, porque cada ejemplo de peli que se ve es diferente y no conozco a ningún abogado estadounidense para preguntarle. Lo que me asombra es la capacidad de no llamar a declarar al culpable si no se quiere.
Diferencias más notables: la declaración del acusado. En nuestro sistema es el primero que declara y aunque puede acogerse a su derecho a no declarar contra si mismo, obligatoriamente tiene que subirse al estrado a declarar, a no ser que se encuentre declarado en rebeldía (pero eso es otra cosa).

Examinemos ahora el procedimiento civil:
  • Sistema continental: Centrándome en el sistema español, aclararé que hay dos tipos de procedimientos principales: verbal y ordinario y dependen del tipo de asunto o de la cuantía a reclamar. A grandes rasgos, si se reclaman menos de 3.000 euros estaremos ante un juicio verbal, que comienza con una demanda y se pasa, directamente a la vista de juicio. En esa vista, la otra parte contesta a la demanda (y no antes). Se deja visto para sentencia, que se comunicará a las partes. Sin embargo, si la cuantía supera los 3.000 euros o el tipo de asunto así lo requiere, se va a un juicio ordinario. Se presenta la demanda, reflejando los hechos controvertidos y los fundamentos de derecho (las leyes) a aplicar, se contesta por la otra parte, se cita por el juzgado a una audiencia previa, que tiene una doble función: intentar que las partes lleguen a un acuerdo o, bien, redefinir el pleito: se discute si hay problemas procesales y se propone prueba por las partes. Tras esta audiencia previa no se podrá proponer nueva prueba, es un "ahora o nunca". Se cita nuevamente para el acto del juicio y se realiza el mismo, con la práctica de la prueba y las alegaciones finales de las partes, con base en esas pruebas. El que ha demandado no podrá proponer la prueba de interrogatorio de su cliente, pues se entiende que todo lo que quiere expresar, ya lo habrá hecho en la demanda. El demandado, igualmente, no podrá ser interrogado por su abogado, porque se entiende que lo que desea decir, lo habrá dicho en la contestación a la demanda. Actualmente, cabe todo tipo de prueba, que sigue el mismo orden que en el procedimiento penal. Tras el juicio oral, el caso queda visto para sentencia.
  • Sistema anglosajón: Supongo que empezarán, igualmente, con una demanda. Y que habrá una contestación, igualmente sé que hay vistas previas para intentar llegar a un acuerdo o definir mejor la demanda. Pero lo que me asombra y pasma son esas pruebas a última hora, esos testigos que llegan por sorpresa, al igual que en el procedimiento penal.
Diferencias más notables: aunque pueda parecer que está demasiado encorsetado, el sistema español de fases del proceso muy marcadas y delimitadas (demanda, proposición de prueba, juicio oral, etc) implica mayores garantías jurídicas para ambas partes, se evita el juego sucio.

¿Y qué pasa con otros procedimientos?
  • Procedimiento administrativo y mercantil: en España son iguales que el civil, habrá procedimientos abreviados y verbales respectivamente (= verbal civil) y procedimientos ordinarios (= ordinario civil).
  • Procedimientos laborales: en España es igual que el procedimiento civil verbal. Además, la postura del trabajador se ve reforzada, porque cambia la carga de la prueba, normalmente quien afirma algo tiene que probarlo, pero en el procedimiento laboral la prueba va a favor del trabajador, si dice que lo han despedido improcedentemente o que no cobró, el empleador deberá probar que el despido fue procedente o que el trabjador cobró realmente.
Veamos ahora una figura exclusiva del sistema español (no se da en otros países del sistema continental): el Procurador. Es la persona que "representa" al cliente. En su nombre, va a recibir todas las notificaciones del juzgado, consultan las actuaciones judiciales, etc., básicamente. Trabajan siempre bajo la dirección del abogado que lleva el asunto. Su función es un poco de "correveydile", sé que los procuradores me matarán por decir esto, pero es una figura obsoleta y que aunque a mí me encanta que mi procuradora me lleve los papelitos a presentar al registro general, su función podría verse absorbida por un correcto funcionamiento de un servicio postal. Yo tengo varios procuradores, porque su función se circunscribe a un partido judicial. Debo decir que la procuradora de Madrid es una chica muy, muy competente y hace un gran trabajo y me ahorra tiempo en las notificaciones. Y con las de Murcia también estoy muy contentas, la primera porque la tengo al otro lado de la pared y la segunda porque es amiga mía y muy competente también.

Todo este sistema puede verse abocado al fracaso si se consigue implantar de manera efectiva un sistema informático llamado LexNet, que tenemos en fase de experimentación y que supondría una revolución en cuanto a la presentación de escritos, ya que podría hacerse mediante una especie de correo electrónico. Yo aún no le veo mucha salida, pero el tiempo nos dirá.

Una última cosita para terminar: en España no se utiliza un mazo para imponer orden en la sala. Aquí se utilizan campanas. O se utilizaban, porque yo sólo las he visto en las salas de vista de las Audiencias Provinciales (y no en los juzgados de primera instancia) y en 5 años, jamás las he visto utilizarse. Aquí una simple orden del juez pone a todo cristo firme.

Si tenéis alguna duda o pregunta, dejadla en los comentarios y pongo otro post con lo que queráis saber.

lunes, febrero 11, 2008

Diferencias judiciales (I)

Resulta de que mucha gente ve pelis de abogados y jueces y demás.

Resulta de que mucha gente que ve pelis de abogados jueces y demás se piensa que la vida real es como en esas pelis.

Esos testigos a última hora, esa declaración que no se sabe bien cómo va a acabar, ese llamar al estrado o no al acusado, esos paseos de los abogados y fiscales por la sala de vistas, ese fiscal que investiga el caso, ese juez que llama a los abogados al estrado y les comenta en plan cuchi-cuchi que si tal o si cual, pascual, esa sentencia del caso Madison contra Wadison que es igualita que el caso que se lleva y que me va a salvar el asunto y a mi cliente...

Ains, cuánto malo han hecho las pelis made-in-hollywood.

Hablaremos primero de las leyes y sentencias.

  • Sistema continental: llamado así por ser el que se desarrolla en Europa continental y, por extensión, en casi todas las antiguas colonias de países europeos (países latinoamericanos, asiáticos, africanos, etc que fueron conquistados o colonizados). Desde tiempos inmemoriales, se redactaban leyes que servían de guía para la vida cotidiana. Napoleón se sacó de la manga la Codigicación o agrupación de esas leyes por materias en un código. Así nacieron el Código Penal, el Código Civil, el Código de Comercio y las Leyes de Enjuciamiento Civil y Penal (o cómo se sigue un proceso en un juzgado o tribunal). Es el sistema español.
  • Sistema anglosajón: llamado así por ser el que se sigue en países anglosajones, a saber, Reino Unido, países de la Commonwealth (o sea, sus colonias), EE.UU. y alguno más. Se basa en cuatro leyes mal contadas, algún código de los últimos años y en antecedentes judiciales, que se recopilan y atesoran como si fuesen la panacea.
Diferencia más notable: la Jurisprudencia, o sea, las sentencias. En nuestro país, sólo las sentencias del Tribunal Supremo y las del Tribunal Constitucional pueden influir en los casos, pero siempre tras la aplicación de la ley, nunca antes. Incluso puede no aplicarse, porque no hay obligación de anteponerlas a lo recogido en un cuerpo legal. Por tanto, la sentencia del caso Martínez-Wilson contra Mesié Lavapiés no me vale para en mi caso de Voica contra López, que es lo usual.

Hablemos ahora del procedimiento penal (o manera de actuar ante un tribunal penal):
  • Sistema continental: A grandes rasgos, hay un juez instructor y un juez juzgador, un fiscal acusador, una acusación particular (no siempre) y una defensa (siempre). El instructor instruye la causa, ordena la investigación de la misma a la Policía Judicial (que puede ser policía nacional o guardia civil), en definitiva, manda romana sobre el asunto. El Juez Garzón es un juez instructor, como Grande Marlaska, por ejemplo. Tras terminar la instrucción y si hay indicio cierto de delito, pasamos a la apertura del juicio oral y las actuaciones judiciales pasan a un Juzgado Penal para que el juez juzgador, sin haber entrado en la investigación del caso y de la manera más neutra posible, juzgue los hechos. Tras la sentencia dictada, hay un sistema de recursos en caso de que no nos beneficie la misma, con unas debidas garantías y bajo unos requisitos legales tasados. No suele haber jurado, excepto casos excepcionalísimos. Es un pegote postizo que nos quieren meter con calzador, pero a veces resulta inefectivo.
  • Sistema anglosajón: Hay un juez juzgador. Y un fiscal investigador, que también es el que presenta la acusación. Hay una defensa. Y el sistema de recursos es molt complicat, si es que se puede llegar a ello. Por supuestísimo, hay jurado para casi todo (excepto los juicios rápidos tipo "Juzgado de guardia").
Diferencias más notable: la doble instancia de jueces en nuestro sistema, que dota de más autonomía al sistema y ofrece igualdad de oportunidades a acusación y defensa. Y el sistema de recursos en nuestro país, que ofrece la posibilidad de llegar hasta el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (pasando antes por los juzgados y tribunales españoles). Y el jurado en los países anglosajones, mientras que aquí no tiene demasiada vinculación con la tradición histórica y con la sociedad en general.

(Continuará...)

miércoles, noviembre 07, 2007

El rostro de la muerte

Hace unos meses me llegó mi primer gran caso. Llevo la acusación particular en un caso de asesinato, estando personada como la abogada de la familia del fallecido. El lunes me llegó una providencia del Juzgado por la que se me emplaza para presentar escrito de acusación contra el imputado en el plazo de 5 días.

El asunto en sí es bastante irreal, como de película de terror.

En su momento, el imputado confesó la autoría de los hechos, tanto en comisaría como en el juzgado.

Durante el amargo momento de repatriar el cadáver, uno de sus hermanos se quedó a solas conmigo una hora y empezó a hablar, se desahogó de una manera inaudita, se vació, en una especie de catarsis, me contó aspectos cotidianos de su vida, de la vida de su hermano fallecido (el mayor), de cómo les dijo a los demás que se vinieran a España, que aquí se vivía bien, que se comía rico y que hacía buen tiempo siempre. Tras él vinieron tres hermanos más, fue su referencia aquí. Ahora ya no está. Porque de la cárcel se sale, pero de una fosa no, me decía.

Ahora tengo ante mí el expediente judicial: las declaraciones ante la policía del imputado y los testigos, el informe de la autopsia (con fotos incluidas), más fotos del cadáver en el lugar de los hechos…

La muerte tiene muy mala cara, no es cómo nos la presentan en las películas o los libros, la gente no se muere cerrando los ojos o con una cara tranquila. La muerte tiene el rostro teñido de dolor.

Y yo debo determinar qué pena solicitar para el autor de una muerte.

martes, noviembre 06, 2007

Moderneces legales

Acabo de comunicar una intervención profesional* al Colegio de Abogados de Madrid a través de internet.

No es mediante un correo electrónico, lo he hecho a través de un sistema de certificación digital, con mi carné de letrada y el lector que tengo de tarjetas inteligentes (como los que hay en las universidades para el carné universitario) conectado al ordenador.

Esto me ahorra ir al Colegio de Abogados a pedir el papelito y que ellos lo manden a Madrid, al hacerlo de manera digital, mi colegio recibe el aviso, el colegio de destino también (por correo electrónico) y a mi me mandan otro correo electrónico dándome recibo de lo enviado. Ese correo lo tengo que guardar en el expediente de referencia por si me lo pidieran cuando fuera a juicio a Madrid (que es donde voy a ir próximamente).

*Nota: cuando se actúa fuera de la jurisdicción del colegio profesional propio, los abogados tienen la obligación de comunicar al colegio de abogados correspondiente territorialmente que van a actuar en ese partido judicial. Es para evitar intromisiones, yo siempre lo he comunicado, pero sé que muchos compañeros no lo hacen.

sábado, octubre 27, 2007

De juicios y otras cosas

Hace tiempo que no hablo de mi trabajo. Llevo una semana bonica. A la urgencia de terminar y presentar una separación, se unió un curso súperinteresante para los abogados: la división judicial de la sociedad de gananciales. Algunos me dirán que no, pero, en serio, que ha sido muy instructivo, a pesar de haber ocupado dos tardes por completo. Y, claro, el trabajo, mientras se me acumulaba.

El miércoles por la tarde, a última hora casi, me llama la procuradora. Sabe que estoy en el curso, por lo que tiene que ser algo serio si me llama. Me dice que en un caso penal de delito por daños y falta por amenazas nos han citado para el viernes. Imposible, no pueden citarnos en un procedimiento abreviado para tan temprano. Le han explicado en el juzgado que es para intentar una conciliación, un acuerdo con el fiscal. Igualmente le digo que es imposible. ¿Y si fuese la casualidad de que tuviera algo señalado previamente? Con un cabreo ya más que considerable, el jueves me dispongo a pasar la jornada lo mejor posible, organizando el tiempo como puedo para poder estar a media mañana del viernes en el juzgado.

Mientras le doy a las teclas y voy terminando la demanda de separación, empieza a entrar una fax. 17 páginas de fax, ahí es nada. No tengo ni idea de quién es el fulano éste demandado, la demandante lleva como letrada a la abogada que me contrató en mi primer despacho. Como estoy un poco mosqueada, llamo al número de fax y resulta que también es teléfono, es un cliente que me envía la demanda de separación de un empleado suyo, a ver si yo puedo hacer algo. Le digo que, lo primero, que cuando me mande un fax, me lo dirija a mi persona, para que no haya problemas. Bueno, en resulta de que a su empleado lo citan para dentro de 20 días a una vista para decidir sobre las medidas provisionales previas a la demanda y que tiene otros 20 días (hábiles) para contestar a la misma. Le digo que me vaya preparando documentación y ya hablaremos. Esa misma mañana se presenta de improviso un cliente, que si le puedo rellenar una documentación. Se la relleno

Por la tarde, otra llamada, otro cliente habitual, su profesión es la más antigua del mundo, aunque con las ligeras variaciones de que dota actualmente la cirugía plástica. Ha sido denunciada por un/a "compañero/a" de trabajo y tiene un juicio rápido para el martes a las 11. Menos mal que no es ni lunes ni miércoles, pues tengo, respectivamente, un juicio y una declaración penal. Le digo que lo voy a mirar en el juzgado y ya lo llamaré.

Por fin consigo terminar la demanda, pero tengo un cliente en unos minutos y no me da tiempo a fotocopiar la documentación que hay que adjuntar. Lo preparo todo para hacerlo el día siguiente a primera hora.

El jueves se acaba perfilando con el cliente el juicio del lunes.

El viernes comienza con el fotocopiado de la documentación para la demanda de separación que tengo que presentar, corrigiendo un par de errores apreciados a última hora y preparando el supuesto juicio que vamos a tener en la mañana (a todo esto yo no sé si se ha podido localizar al cliente, yo lo he intentando a través de su hermana, porque él no tiene teléfono).

Llego al juzgado y veo el listado de juicios. 20 juicios señalados entre las 9:30 y las 11:05. El último es el mío y van por el de las 9:50. Me esperan dos horas, al menos de plantón en la puerta del juzgado, al menos ha venido el cliente y puedo explicarle que una conformidad con el fiscal puede beneficiarle, ya que la multa que se solicita es muy elevada y se puede rebajar ostensiblemente.

Mientras espero, para no desesperar, me pongo a hacer cosas: le dejo la demanda en su casillero al procurador para que la presente, con las notas respectivas; me paso por dos juzgados a preguntar por asuntos pendientes, por las oficinas del colegio de abogados (en el mismo palacio) para presentar unos justificantes de actuaciones de turno de oficio. Subo, bajo, entro al baño, vuelvo al juzgado...

Por fin, a las 12:45 entro a sala, somos los últimos, quisiera decirle a su señoría "La-jueza-que-siempre-está-bebiendo-cocacola-zero" que vaya una jeta que ha tenido al citarme en dos días para conformidad, que si es que se piensa que yo puedo estar perdiendo el tiempo (dos horas) en la puerta de su juzgado, con la cantidad de cosas que tengo que hacer en el despacho. Pero no lo hago. Porque soy una cobarde y porque enemistarse con los jueces tiene connotaciones muy negativas, que pueden llegar a sanciones de inhabilitación (alguna se ha planteado en Murcia). Así que me cayo, sonrío, me pongo la toga, discuto con el fiscal los términos del posible acuerdo y hablo con el cliente. La pena inicial ascendía a 6.175 euros, se queda rebajada en el mínimo posible: 1.155 euros. Le digo al cliente que él verá lo que quiere, considero que es mejor esa cantidad de 1.155 euros que arriesgarnos a ir a juicio y que pierda (porque iba a perder). Al final acepta.

Salgo del palacio de justicia de Murcia City a las 13:15, con la sensación de que me han tomado el pelo, obligándome a perder mi tiempo precioso en intentar una conformidad en dos días por no celebrar juicio, sin plantearse nadie si yo estoy ocupada o no.

El resultado de todo esto es que ayer por la tarde estaba rendida. Y que hoy, sábado, he venido a trabajar, porque resulta que tengo dos juicios la semana que viene y hay que terminar de prepararlos.

Al menos me desahogo con este post.


lunes, julio 23, 2007

Discriminación judicial

Esta noticia me afecta por varias razones:

Auto de medidas previas sobre guardia y custodia dictada por juez murciano (1)

Auto de medidas previas sobre guardia y custodia dictada por juez murciano (2)

Cierta secta católica muy bien situada en el organigrama de la Iglesia actual es la que firma moralmente las resoluciones de D. Fernando Ferrín Calamita, Juez Magistrado Titular del Juzgado de Primera Instancia nº 9 de Murcia, dedicado exclusivamente a temas de familia.

Esta resolución (un auto de medidas previas, presentado antes de la demanda y por motivos de urgencia) ha sido la gota que ha colmado el vaso, el juez se está cubriendo de gloria para los suyos y de mierda para los que nos dedicamos a la abogacía en esta ciudad. Con gente así como juez, no me extraña que cuando las demandas se turnan y llegan a su juzgado los abogados nos echemos a temblar, ya que ningún caso es igual a otro y con este hombre no se sabe nunca por dónde puede saltar la liebre.

Sinceramente, el auto dictado supone una clara vulneración del artº 14 de la Constitución Española, se está discriminando a una madre por su orientación sexual, frente al otro progenitor, sin más base que la de "los más prestigiosos especialistas", los cuales ni se nombran ni se citan trabajos académicos ni artículos publicados (los cuales no me cabe duda alguna que pertenecerán a determinadas universidades privadas españolas).

Supongo que el abogado que lleve a la madre habrá hecho lo correcto:

  1. Queja ante el Consejo General del Poder Judicial
  2. Queja ante el Presidente del Tribunal Superior de Justicia
  3. Recurso de amparo ante en Tribunal Constitucional, por haber vulnerado derechos fundamentales (principio de igualdad).

Por desgracia, al ser un auto de medidas previas a la demanda, no cabe recurso alguno, por lo que, mientras se presenta dicha demanda y se resuelve, el auto es plenamente ejecutable y esa madre ha debido dejar a sus hijas menores al cuidado de su padre, al cual no niego que no sea un buen padre, si bien un poco cabrón, porque argumentar la condición sexual de tu ex-pareja para obtener la guardia y custodia de tus hijas es de ser mala persona.

Lo peor de todo es que no le harán nada, ya veréis, que el organigrama judicial español (el que pincha y corta el bacalao en las altas esferas) está más preocupado en hacer política que en impartir Justicia y en sanear el tercer poder.

Hay que joderse.

[ACTUALIZACIÓN: con los nuevos datos existentes (no era una sentencia, sino un auto de medidas previas a la demanda) se ha modificado el post]

jueves, mayo 31, 2007

Autocensura

Ayer puse un post relativo a mi vida profesional que he quitado, debido a que podía vulnerar una serie de derechos de terceros.

Ruego a todos los que me leen que se abstengan de hacer ningún comentario respecto al post que estaba puesto.

Muchas gracias.

lunes, abril 02, 2007

Extranjería

Hace dos semanas tuve una guardia de Extranjería. En 24 horas tengo que estar localizable para la policía nacional, ya que las guardias se hacen a instancias de ellos, en las Comisarías.

Cuando se requiere a un ciudadano extranjero para que acredite su residencia en España, si no tiene autorización de residencia legal, se le detiene y se inicia un procedimientos sancionador con la sanción de expulsión, que lleva aparejada la prohibición de entrada en España entre 3 y 10 años.

El letrado de guardia se encarga de que ese procedimiento siga los cauces adecuados, mediante la interposición de los respectivos recursos, tendentes a que la expulsión no se produzca, casi siempre instando a que se cambie la sanción por multa o a que se rebaje la expulsión a su mínimo.

Pues bien, en mi día de guardia realicé 16 asistencias a detenidos por dichas circunstancias. Entre esos 16 detenidos tuve de varias nacionalidades y de varias condiciones sociales.

Para empezar, la gran mayoría de ellos eran bolivianos. Hubo algún magrebí y tres chicos negros y sólo dos mujeres en todo el grupo. Para continuar, muchos de ellos tenían estudios, desde un maestro de escuela boliviano, hasta un fontanero marroquí, pasando por un estudiante de 2º curso de ingeniería técnica industrial en Bolivia. Las dos mujeres carecían de estudios. Y dos de los chicos negros no sabían ni siquiera coger el bolígrafo para firmar. Dos chicos tenían antecedentes penales. Uno había tenido autorización de residencia y la había perdido.

Dos chicos vinieron a España vía Tenerife, en cayuco, el verano pasado. Un magrebí entró en España en los bajos de un camión. Los bolivianos entraron vía París-La Junquera.

Todos querían una vida mejor. Con un expediente de expulsión, lo van a tener difícil, al menos por un tiempo.

Todos acabaron en Murcia.

sábado, diciembre 16, 2006

3 meses

el 15 de Septiembre "abrí" mi despacho. Ese día me hicieron entrega de los muebles y el equipo informático, que acomodé en la pequeña habitación que tengo alquilada en un piso céntrico.

Hace tres meses que empecé a trabajar yo sola. Esto es un decir, ya estaba trabajando sola desde que me despidieron en Julio, había pocos casos, pero había, pero como no tenía un sitio propio, un despacho mío, utilizaba la sede de un centro social en mi pueblo como "prestado".

Tres meses en los que me he dado cuenta lo duro que es estar sola al frente de tu propio negocio, en el que nadie te respalda ni protege profesionalmente. Afortunadamente, desde esa fecha han entrado clientes nuevos, otros viejos han vuelto a requerir de mis servicios y los expedientes que ya estaban abiertos han seguido su curso legal y han deportado alegrías en forma de sentencias ganadas y amarguras bajo la forma de recursos chapuceros y olvidos insalvables.

Lo bueno de ser autónoma es que todo lo bueno es para mí. Lo malo es que todo lo malo también es para mí. Y dentro de lo malo no me refiero sólo a casos perdidos, sino al miedo que nunca te abandona cuando estás ante un caso difícil, a la incertidumbre de cobrar o no a un cliente dudoso, a hacer cuentas al derecho y al revés para poder llegar a fin de mes. Y es que se ve todo muy bonito desde fuera, pero este es un trabajo en el que no hay una cantidad fija a fin de mes, en el que puedes estar trabajando como un loco pero no ver la recompensa económica y, eso, para ahorrar y hacer planes de futuro, es algo duro.

Como dice un conocido, afortunadamente me tengo que levantar todos los días para ir a trabajar. Y es que, aunque no lo parezca, estoy contenta con lo que he logrado, era lo que siempre quise, desde que empecé a estudiar la carrera de Derecho y es que muchos compañeros que empezaron conmigo a ejercer aún están bajo la tutela de un despacho superior, haciendo trabajos de mierda que no compensan, ni enseñan ni nada de nada. Otros, han tenido que dejar la profesión para entrar como interinos en la Administración o, incluso, han acabado en bancos o cajas de ahorros.

Todo esto no lo habría conseguido sin la ayuda de mis padres y mis hermanos, ellos han estado conmigo todo el tiempo, alentándome y animándome para que no decayera, ni siquiera tras el despido, que fue una de las peores épocas de mi vida.

También quiero agradecerle a Josué todo el apoyo que me ha dado durante estos tres meses, desde darle la vuelta a la mesa hasta venir al despacho a meter el maldito rollo de fax cuando se salía o darme su compañía y chocolate. No puedo olvidar a JB, el informático que resolvió el problema de mi conexión telefónica. Y a mis padrinos de Jura, el Sr. C y la Sra. E, que es también la Sra. Amparo, con los que siempre cuento y en los que confío ciegamente.
Hay amigos a los que no nombro, pero que estáis ahí y lo sé, si a veces no os hago mucho caso es porque tengo la cabeza en otro sitio. A todos vosotros, gracias.