Resulta de que mucha gente ve pelis de abogados y jueces y demás.
Resulta de que mucha gente que ve pelis de abogados jueces y demás se piensa que la vida real es como en esas pelis.
Esos testigos a última hora, esa declaración que no se sabe bien cómo va a acabar, ese llamar al estrado o no al acusado, esos paseos de los abogados y fiscales por la sala de vistas, ese fiscal que investiga el caso, ese juez que llama a los abogados al estrado y les comenta en plan cuchi-cuchi que si tal o si cual, pascual, esa sentencia del caso Madison contra Wadison que es igualita que el caso que se lleva y que me va a salvar el asunto y a mi cliente...
Ains, cuánto malo han hecho las pelis made-in-hollywood.
Hablaremos primero de las leyes y sentencias.
Hablemos ahora del procedimiento penal (o manera de actuar ante un tribunal penal):
(Continuará...)
Resulta de que mucha gente que ve pelis de abogados jueces y demás se piensa que la vida real es como en esas pelis.
Esos testigos a última hora, esa declaración que no se sabe bien cómo va a acabar, ese llamar al estrado o no al acusado, esos paseos de los abogados y fiscales por la sala de vistas, ese fiscal que investiga el caso, ese juez que llama a los abogados al estrado y les comenta en plan cuchi-cuchi que si tal o si cual, pascual, esa sentencia del caso Madison contra Wadison que es igualita que el caso que se lleva y que me va a salvar el asunto y a mi cliente...
Ains, cuánto malo han hecho las pelis made-in-hollywood.
Hablaremos primero de las leyes y sentencias.
- Sistema continental: llamado así por ser el que se desarrolla en Europa continental y, por extensión, en casi todas las antiguas colonias de países europeos (países latinoamericanos, asiáticos, africanos, etc que fueron conquistados o colonizados). Desde tiempos inmemoriales, se redactaban leyes que servían de guía para la vida cotidiana. Napoleón se sacó de la manga la Codigicación o agrupación de esas leyes por materias en un código. Así nacieron el Código Penal, el Código Civil, el Código de Comercio y las Leyes de Enjuciamiento Civil y Penal (o cómo se sigue un proceso en un juzgado o tribunal). Es el sistema español.
- Sistema anglosajón: llamado así por ser el que se sigue en países anglosajones, a saber, Reino Unido, países de la Commonwealth (o sea, sus colonias), EE.UU. y alguno más. Se basa en cuatro leyes mal contadas, algún código de los últimos años y en antecedentes judiciales, que se recopilan y atesoran como si fuesen la panacea.
Hablemos ahora del procedimiento penal (o manera de actuar ante un tribunal penal):
- Sistema continental: A grandes rasgos, hay un juez instructor y un juez juzgador, un fiscal acusador, una acusación particular (no siempre) y una defensa (siempre). El instructor instruye la causa, ordena la investigación de la misma a la Policía Judicial (que puede ser policía nacional o guardia civil), en definitiva, manda romana sobre el asunto. El Juez Garzón es un juez instructor, como Grande Marlaska, por ejemplo. Tras terminar la instrucción y si hay indicio cierto de delito, pasamos a la apertura del juicio oral y las actuaciones judiciales pasan a un Juzgado Penal para que el juez juzgador, sin haber entrado en la investigación del caso y de la manera más neutra posible, juzgue los hechos. Tras la sentencia dictada, hay un sistema de recursos en caso de que no nos beneficie la misma, con unas debidas garantías y bajo unos requisitos legales tasados. No suele haber jurado, excepto casos excepcionalísimos. Es un pegote postizo que nos quieren meter con calzador, pero a veces resulta inefectivo.
- Sistema anglosajón: Hay un juez juzgador. Y un fiscal investigador, que también es el que presenta la acusación. Hay una defensa. Y el sistema de recursos es molt complicat, si es que se puede llegar a ello. Por supuestísimo, hay jurado para casi todo (excepto los juicios rápidos tipo "Juzgado de guardia").
(Continuará...)

